Abuso sexual en la Iglesia Católica encubierto por la jerarquía
EN ESTE ARTÍCULO
- No estoy denunciando al muerto. Estoy denunciando a quienes lo protegieron
- La Carta de Javier a la Diócesis de Santo Domingo de los Colorados en Ecuador
- El documento original
Buena Lectura. Equipo Jacques Pintor
Únete al Canal de WhatsApp para recibir en esa aplicación las últimas entradas en diversos idiomas.
La pregunta ya no es qué hizo José Miguel Flores, sino quién permitió que siguiera trabajando con menores si existían advertencias previas sobre conductas abusivas, ¿qué decisiones tomaron los responsables escolapios entre 2010 y 2019, y qué obligaciones de investigación tienen hoy las autoridades eclesiásticas respecto a esas decisiones?
“No estoy denunciando al muerto. Estoy denunciando la actuación de los superiores.”
Javier Alcántara
No estoy denunciando al muerto. Estoy denunciando a quienes lo protegieron
Una pregunta que recorre toda la crisis de abusos sexuales en la Iglesia Católica desde Boston hasta Chile, desde Irlanda hasta España, y desde México hasta Ecuador es, ¿Qué ocurre cuando las denuncias dejan de dirigirse contra un sacerdote concreto y comienzan a dirigirse contra quienes tuvieron la obligación de vigilarlo, corregirlo, investigarlo o apartarlo?
No es una pregunta sobre los agresores, sino sobre los superiores. Esa es la pregunta que hoy formula Javier Fernando Alcántara Cruz, víctima de abusos sexuales cometidos entre 2007 y 2010 por el entonces sacerdote escolapio José Miguel Flores Martínez.
Y es también la pregunta que, según la documentación a la que ha tenido acceso el equipo de Jacques Pintor, ha sido remitida formalmente por carta a las autoridades eclesiásticas competentes en Ecuador.
La Carta de Javier a la Diócesis de Santo Domingo de los Colorados en Ecuador
La carta, fechada en Ciudad de México el 27 de mayo de 2026, no solicita indemnizaciones ni privilegios. Pide algo mucho más sencillo y, precisamente por ello, mucho más incómodo: Pide que la Iglesia investigue a la Iglesia.
El documento comienza exigiendo la apertura inmediata de una investigación canónica integral sobre “omisiones, responsabilidades institucionales, actos de encubrimiento, negligencia grave y posibles incumplimientos sistemáticos de las obligaciones de protección de menores relacionados con la permanencia ministerial de dicho sacerdote en Ecuador entre los años 2012 y 2019”.
La frase es importante porque desplaza completamente el foco. La cuestión ya no es únicamente qué hizo José Miguel Flores (violar más de 70 veces a un monaguillo, según recoge la fiscalía de Ciudad de México), sino quién sabía qué, quién tomó decisiones, quién autorizó traslados y quién permitió que un sacerdote respecto del cual, según sostiene la víctima, existían advertencias previas continuara trabajando en entornos con menores Según la documentación aportada por la víctima, existen 32 fotografías que situarían a Flores en actividades pastorales y educativas con menores durante los años posteriores a las advertencias que, según sostiene la denuncia, ya existían dentro de la organización.
La carta de la víctima, Javier, quien fuera monaguillo del monstruo protegido por Pedro Aguado (en la narrativa de la denuncia recogida por las autoridades judiciales) afirma que los abusos ya fueron denunciados ante la Fiscalía de Ciudad de México, autoridades eclesiásticas competentes, instancias de la Pontificia Comisión Tutela Minorum y la Arquidiócesis Primada de México. Añade que Flores fue posteriormente reducido al estado laical y expulsado de la Orden de las Escuelas Pías en 2022, pero se le celebró un funeral como estupendo sacerdote y escolapio entregado, presididas las exequias por las máximas autoridades de la provincia eclesiástica.
Pero el documento introduce una cuestión mucho más grave. Según la denuncia formal, pese a la existencia de advertencias y comunicaciones previas desde al menos 2010, el sacerdote habría sido trasladado posteriormente a Santo Domingo de los Colorados, Ecuador, donde permaneció ejerciendo actividades pastorales y educativas entre 2012 y 2019.
La carta sostiene que estos hechos plantean razonablemente la posibilidad de “encubrimiento institucional”, “negligencia grave en el ejercicio del gobierno eclesiástico”, “incumplimiento del deber de protección de menores”, “omisión deliberada de medidas preventivas” y “exposición consciente de niños, adolescentes y jóvenes a una persona respecto de la cual existían antecedentes e indicios graves de conducta abusiva”. Todo ello imputado al ahora recientemente consagrado obispo de Huesca y Jaca en España, propuesto por el ahora Papa León al moribundo Papa Francisco cuando aquél era prefecto del dicasterio para los obispos.
Durante años, muchas instituciones religiosas han encontrado refugio en una explicación aparentemente razonable: la existencia o inexistencia de procedimientos penales civiles. Y es aquí donde aparece el núcleo jurídico de la controversia.
La carta de Alcántara desafía precisamente esa lógica. En una sección titulada “Autonomía de la investigación canónica y deber inmediato de actuación”, el documento sostiene que la apertura de una investigación conforme al canon 1717 y a Vos estis lux mundi “no se encuentra condicionada jurídicamente a la entrega previa de carpetas fiscales, sentencias penales, resoluciones civiles ni expedientes completos provenientes de autoridades estatales”.
La afirmación tiene consecuencias profundas. Si es correcta, significa que la Iglesia no necesita esperar a que un Estado concluya sus investigaciones para examinar posibles responsabilidades internas. Si es incorrecta, corresponde a las autoridades eclesiásticas explicarlo. Pero lo que ya no parece sostenible es el silencio.
La carta recuerda además que Vos estis lux mundi no se limita a investigar abusos sexuales contra menores. También contempla acciones u omisiones destinadas a interferir investigaciones, evitar responsabilidades o permitir, mediante negligencia grave, la continuidad de situaciones de riesgo.
Por eso la muerte del presunto agresor no ocupa el centro de la discusión: “La muerte del agresor no extingue ni elimina la obligación de investigar responsabilidades institucionales”, afirma expresamente el documento. Ni elimina “la obligación de identificar posibles víctimas adicionales”. Ni elimina “el deber de esclarecimiento histórico”. Ni elimina “la obligación de prevenir nuevos riesgos derivados de estructuras deficientes de control y protección”.
Estamos, por tanto, ante una cuestión que trasciende ampliamente el caso individual. Porque toda institución puede equivocarse, puede ser engañada y puede enfrentarse a un agresor que oculta sus actos. La verdadera medida de una institución no aparece cuando todo funciona correctamente. Aparece cuando se descubre que algo ha fallado. Y es entonces cuando surge la pregunta que nadie parece querer responder: Si existían advertencias previas, ¿quién las recibió? Si existían indicios, ¿quién los evaluó? Si existían riesgos, ¿quién decidió asumirlos? Y si nadie hizo nada, ¿quién responde hoy por ello?
La Iglesia contemporánea lleva más de veinte años proclamando una política de tolerancia cero frente a los abusos. La carta enviada desde México a Ecuador plantea ahora una cuestión aún más exigente. No si existe tolerancia cero frente a los agresores, Sino si existe tolerancia cero frente a quienes los protegieron, los trasladaron o simplemente miraron hacia otro lado.
Porque la verdad no necesita protección. Lo que necesita protección es la mentira. Y cuanto más tiempo permanece una pregunta sin respuesta, más difícil resulta distinguir entre una investigación auténtica y una estrategia de desgaste basada en el paso del tiempo.
El documento original




Se invita a las lectoras y a los lectores a comentar, aportar información y participar en un debate factual y respetuoso.
Si considera que alguna afirmación de hecho contenida en este artículo es inexacta, puede ponerse en contacto con la redacción para ejercer su derecho de réplica o solicitar una aclaración o corrección factual, de conformidad con los estándares periodísticos.
La redacción también está disponible para conceder entrevistas; esto se aplica —con las debidas garantías de protección— también a algunas de las personas afectadas.
© Jacques Pintor, 2026. Todos los derechos reservados. Queda prohibida cualquier reproducción o redistribución sin autorización previa. Contacto: jacquespintor@gmail.com
#Safeguarding #ProteccionDeMenores #AbusosEnLaIglesia #Accountability #Transparencia #VosEstisLuxMundi #DerechoCanonico #PedroAguado escolapios #escolapias #EscuelasPías #Calasanz #Escolapía #Piarist
#Scolopi #SantaSede #TutelaMinorum #Encubrimiento #JusticiaParaLasVictimas #ResponsabilidadInstitucional #CrimenesSexuales #ForensicAnalysis #IglesiaCatolica #DerechosHumanos #VictimasPrimero